Sistemas Registrales

Puerto Rico
Puerto Rico

1.1 Amplitud del espectro de los derechos inscribibles en el Registro de la Propiedad.

De Numerus Apertus: se deja a la autonomía de la voluntad la determinación de los derechos que pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad.

1.3 Tipo de Registro según la materia registrable.

Registro de Derechos

1.4 Modelo de conformación de los asientos registrales.

Folio real

1.5 Técnica de incorporación de la información al registro.

Por INSCRIPCION (el documento se califica por el Registrador, se obtiene del mismo el contenido real, y es lo que se publica en los libros del Registro)

1.6 Tipos de asiento que existen.

Asiento principal, anotaciones preventivas y notas marginales

1.7 Acceso de las unidades inmobiliarias al Registro: Medios de inmatriculación o formas por las cuales los inmuebles acceden por primera vez al Registro.

Judicial: expediente de dominio, expropiación y juicio contencioso y administrativo por certificación

1.8 Leyes aplicables.

Ley 219-2015 del Registro de la Propiedad Inmobiliaria

1.9 Enlace web en dónde poder encontrar y descargar la principal legislación registral del país.

www.lexjuris.com

Comentarios con relación al sistema registral.

Es declarativo de derechos y está digitalizado

2.1 Nombre de la entidad o autoridad máxima a cargo de la cual está la administración y llevanza de los Registros.

Departamento de Justicia de Puerto Rico

2.2 Sitio web oficial.

http://ridpr.pr.gov/registro-inmobiliario-digital-de-puerto-rico/

2.3 Tipo de organización / dependencia orgánica.

Dependencia del Poder Ejecutivo centralizado

2.4 Distribución de las oficinas registrales.

Circunscripciones regionales

2.5 Cantidad de oficinas registrales en todo el país.

Son 27 oficinas regionales

2.6 Estructura financiera de la entidad registral.

Presupuesto del Estado

2.7 Comentarios sobre la estructura orgánica de los registros.

Dependen del Gobierno central y no tienen un presupuesto independiente

3.1 Perfil profesional del Registrador de la Propiedad.

Jurista

3.2 Régimen jurídico del Registrador de la Propiedad.

Funcionario Público designado por 12 alos

3.3 Grado o nivel de independencia en el ejercicio de la calificación registral.

Con dependencia jerárquica

3.4 Libertad de elección del Registrador.

Los elige eñ Gobernador y los confirma el Senado

3.5 ¿Existe un régimen de Carrera Registral?

No

3.6 Remuneración del Registrador de la Propiedad.

Sueldo o remuneración fija

3.7 Requisitos para ser Registrador de la Propiedad.

Abogado, 10 años de experiencia y buena reputación

3.8 Cantidad de Registradores de la Propiedad a nivel nacional.

32

3.9 ¿Hay un colegio o asociación que agrupe a los registradores? ¿Es obligatorio asociarse para todos los registradores? ¿Tiene facultades fiscalizadoras o inspectoras?

Está el Colegio de Registradores, pero es voluntario

3.10 Comentarios sobre la figura del Registrador.

Su nombramiento es político

4.1 ¿Se transmite el derecho real de dominio por mero consentimiento?

No

4.2 ¿Aplica el sistema de título y modo?

4.3 Naturaleza de la inscripción en el Registro de la Propiedad con respecto a la creación o momento en el cual se constituyen los derechos reales.

Declarativo

4.4 Comentarios sobre el sistema de transmisión de la propiedad.

Es declarativo de derechos, excepto para derechos como: la hipoteca, servidumbres de equidad, superficie y propiedad horizontal que es constitutivo.

5.1  Tipos de documentos que acceden al Registro.

Documentos públicos con excepciones.

5.2 ¿Qué situaciones jurídicas se inscriben en el Registro de la Propiedad?

Derechos reales y algunos derechos personales que el legislador le reconoce acceso al Registro como opción de compraventa, arrendamiento de más de 6 años y derechos personales que tengan condiciones suspensivas sobre el dominio.

5.3 Titularidad registral con relación al dominio de inmuebles adquiridos dentro del matrimonio.

Bienes gananciales sin modificación de la titularidad registral individual.

5.4 Carácter de la inscripción del derecho real de hipoteca.

Constitutiva

5.5 Mecanismos de ejecución de las hipotecas.

Exclusivamente mediante procedimiento judicial.

5.6 ¿Es admisible el pacto comisorio?

No

6.1  Alcances de la calificación registral.

La calificación se restringe a los documentos presentados, la Ley y el Registro. El registrador no puede hacer expediciones de pesca ni tomar conocimiento personal de circunstancias fuera del registro

6.2 Ejercicio de la calificación registral.

Es una función exclusiva del Registrador

6.3 Principales principios registrales aplicables

Legalidad, Consentimiento, Rogación, Prioridad, Inscripción o matriculación, Tracto Sucesivo, Especialidad o determinación, Publicidad, Legitimación, Fe Pública Registral.

6.4 Procedimiento ante eventuales observaciones o rechazo del documento

Una vez el registrador califica el documento y comprueba que existe y un defecto que impide su inscripción notifica defecto, la parte tiene 20 días para pedir la Recalificación. El registrador puede acogerla o denegarla y dentro del término de 20 días, para solicitar un Recurso Gubernativo.

6.5 Recursos procedentes contra la calificación negativa.

Recalificación dentro de los 20 días de la notificación de defecto y si el registrador no la acoge procede una denegatoria con lo cual la parte va al Tribunal Supremo en Recurso Gubernativo.

6.6 Requisitos para la inscripción de documentos de orígen extranjero.

Notariales: certificados con apostilla se protocolizan y judiciales: exquatur

6.7 Calificación e inscripción de los documentos de orígen judicial.

Limitada

6.8 Comentarios sobre la calificación registral.

Se rige por un procedimiento administrativo propio que su revisión final va al máximo foro.

7.1  Incitación  a  la inscripción.

Inscripción voluntaria

7.2 Características de la rogación.

Rogación expresa / formal solicitud de inscripción

7.3 Existencia de otras figuras o servicios dentro del procedimiento registral

Anuncio electrónico de presentación.

7.4  Tiempo promedio para la obtención de una  inscripción.

Más de 6 meses después de la presentación del documento.

7.5 Requisitos fiscales de los actos y negocios inscribibles.

Pago de aranceles notariales con la presentación.

7.6  Requisitos para la inscripción de las obras nuevas.

Un acta notarial

7.7 Mecanismos de rectificación de las inexactitudes registrales.

Procedimiento judicial

7.8 Identificación mediante descripción gráfica de las unidades inmobiliarias

No es requisito a menos que sea propiedad horizontal

7.9 Relación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.

Existe algún grado de coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro.

7.10  ¿Se conservan copias de los títulos en el Registro?

No.

7.11 Comentarios al procedimiento registral.

La compatibilidad entre el Catastro y el Registro aun está en una etapa rudimentaria

8.1 Principales efectos de la inscripción

Presunción de validez, Fe pública registral, Creación de los derechos.

8.2 Alcance de la Publicidad. Acceso a la información registral.

Publicidad ilimitada con acceso al contenido de los asientos

8.4 ¿Incluye la publicidad registral información urbanística, de ordenamiento territorial o medioambiental que pueda afectar el ejercicio del derecho de propiedad?

Información medioambiental, Cargas administrativas y fiscales.

8.5 ¿Existen sistemas centralizados de publicidad registral y conexión de los registros entre sí?

No

8.6 ¿Existe legislación de protección de datos en relación al contenido del registro? Tipos de control y limitaciones al contenido de la publicidad.

No

8.7 Comentarios sobre los efectos de la incripción en el Registro de la Propiedad.

Se digitalizó la información a través de la plataforma digital Karibe, sin ninguna protección de dstos.

9.1 Plataforma o programas informáticos destinados a la operación de los registros

Existe una plataforma o programa único homologado para su implementación en todos los registros.

9.2 ¿Se puede realizar gestiones remotas por medios electrónicos?

Se puede acceder y consultar el contenido de los asientos registrales por medios electrónicos, Se puede obtener publicidad formal por medios electrónicos, Se puede hacer presentaciones por medios electrónicos, Se puede gestionar todo el proceso de inscripción por medios electrónicos

9.3 Enlace web a través del cual se pueden realizar gestiones remotas en el Registro  de  la Propiedad.

http://ridpr.pr.gov/registro-inmobiliario-digital-de-puerto-rico/